Resolución General de la Inspección General de Justicia 17/2024

Entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de ‘grupos cerrados’. Opción de diferimiento.
La IGJ dispone que las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de ‘grupos cerrados’, deberán ofrecer a los suscriptores titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, la opción de diferir el 20 % de la alícuota y carga administrativa en hasta un máximo de doce cuotas consecutivas por vencer al momento de ejercerse la opción. La opción de diferimiento deberá ser ofrecida a partir del 2 de agosto y mantenerse por un plazo que vencerá el 31 de diciembre de 2024.