Resolución General de la Inspección General de Justicia 12/2018

La Inspección General de Justicia (IGJ) reglamenta el artículo 3° inciso a) de la Res IGJ  7/2017, que estableció las disposiciones que regularán el funcionamiento del Registro Voluntario de Simples Asociaciones (RVSA), a fin de habilitar la formalización del acto constitutivo de las Simples Asociaciones cuyo objeto sea el fomento y atención de los derechos de personas mayores, niños y demás grupos vulnerables contemplados en el artículo 6° de la Res IGJ 7/2015ante funcionario público a los fines de su registración en el Registro Voluntario de Simples Asociaciones. Asimismo, se dispone que se regulará la modalidad, lugar, días y horarios de atención para la celebración del acto constitutivo de las Simples Asociaciones descriptas. Las asociaciones civiles con el objeto antes mencionado podrán optar por su transformación en Simples Asociaciones, siempre que dicha decisión sea adoptada en forma unánime y la entidad no resulte titular de bienes registrables, procedimiento que será oportunamente reglamentado.