Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 908

Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación. Valuación de títulos de deuda pública nacional con opción de pre cancelación.
La Comisión Nacional de Valores fija la metodología de valuación y demás pautas aplicables a los Fondos Comunes de Inversión que posean en sus carteras títulos de deuda pública nacional adquiridos en colocación primaria, con un vencimiento menor o igual a 30 días, con opción de pre cancelación parcial o total e intransferibles, en adición a lo previsto por la Resolución General Nº 905.  Así, para el caso de adquirir títulos cuyas condiciones de emisión establezcan la opción de pre cancelación de una porción de la tenencia del activo, determinan que esa porción -susceptible de pre cancelación- será valuada a su precio de realización, mientras que el saldo remanente será valuado reconociendo el interés devengado a la fecha de medición, de acuerdo a las condiciones de emisión del activo.  Por otro lado, de igual modo a lo indicado por la Resolución General 905, se establece un límite de inversión, aplicable a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, en los activos en cuestión.