Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 880

La Comisión Nacional de Valores modifica el Título V de sus Normas con el objetivo reglar la posibilidad de actuación simultánea como ALyC y Sociedad Gerente, sujeto al cumplimiento de determinados requisitos de organización y de actuación, estableciendo pautas de segregación funcional y recaudos relativos a la registración contable que permitan fiscalizar cada unidad de negocio de manera individual, así como privilegiar el interés de los clientes y cuotapartistas. Como precedente a estas modificaciones se registra la Resolución General CNV N° 869 mediante la cual se sometió a consideración de los sectores interesados y la ciudadanía y, en virtud de las opiniones y/o propuestas receptadas, se introdujeron modificaciones al proyecto original, entre las cuales se destacan las disposiciones referidas a la apertura de ingresos y egresos propios de cada unidad de negocio, las pautas de actuación de la entidad tendientes a priorizar en forma simultánea el interés de sus clientes en su calidad de ALYC y los intereses colectivos de los cuotapartistas de los Fondos Comunes de Inversión que administra como Sociedad Gerente y la adecuación de la inscripción del personal idóneo en el Registro de Idóneos, con individualización en él de cada unidad de negocio en la que se desempeñen. Además, incorporan la posibilidad que la Sociedad Gerente desarrolle las actividades de colocación, debiendo a estos efectos, encontrarse inscripta en la categoría de Agente de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión (ACDI).