Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 847

La Comisión Nacional de Valores incorpora a las Medidas en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio Covid-19 la excepción de la suspensión del curso de los plazos administrativos establecida por el Decreto N° 298/2020 y sus prórrogas, a los procedimientos de supervisión extra situ que se realicen de forma conjunta con la Unidad de Información Financiera. Como sostienen los considerandos de la presente, en forma complementaria a la Resolución UIF N° 53/2020 se incluye aquellos procedimientos llevados a cabo por la CNV, o conjuntamente con la UIF, que tengan por objeto controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 25.246, el Decreto N° 290/2007, la normativa dictada por la UIF y las disposiciones complementarias que se dicten en consecuencia; asimismo, incluye a aquellos procedimientos y verificaciones vinculadas a la Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo que realiza este Organismo. Esta medida, vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial, se extenderá y prorrogará automáticamente en caso que el Poder Ejecutivo Nacional resuelva prorrogar la suspensión de los plazos administrativos dispuesta en el Decreto N° 298/2020.