Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 809

La Comisión Nacional de Valores (CNV) establece la aplicación del procedimiento de ‘Elaboración Participativa de Normas’ (Decreto 1172/2003) al proyecto que busca modificar la normativa y el régimen aplicable a los Agentes a fin de dotar de mayor claridad a las disposiciones normativas en lo relativo al régimen informativo, el tratamiento de fondos líquidos disponibles de clientes, y la prohibición de financiamiento a clientes (incluido como Anexo I de la presente). Entre otros puntos, el proyecto en cuestión busca adaptar la normativa relativa al Agente de Negociación (AN) RUCA a fin de permitir, a dicha subcategoría de Agentes, efectuar los pagos en concepto de garantías, márgenes iniciales y atender reposiciones de diferencias diarias correspondientes a los contratos registrados en los mercados por cuenta y orden de sus clientes, siempre que el AN RUCA y el comitente se encuentren inscriptos en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Asimismo, se busca actualizar los montos de patrimonio neto mínimo exigible a los Agentes, utilizando las Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia ‘CER’ – Ley 25.827. Y, finalmente, se propone adecuar la lista de los activos elegibles (Anexo I del Capítulo I del Título VI de las NORMAS N.T. 2013 y mod.) a los efectos del cumplimiento del requisito de contrapartida líquida. Se designa a Gaspar Bachmann para dirigir el procedimiento de ‘Elaboración Participativa de Normas’ y se establece que durante el plazo de 15 días hábiles se podrán ingresar las opiniones y/o propuestas sobre el proyecto a través del Sitio Web www.cnv.gov.ar.