Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1119

Reducción de plazo de difusión y suscripción para emisores frecuentes (mod. Capítulo V del Título II de las Normas (n.t. 2013 y mod.)
La Comisión Nacional de Valores permite que las emisiones de obligaciones negociables de emisores inscriptos en el Régimen de Emisor Frecuente puedan difundirse y colocarse en el mismo día hábil, con un mínimo de cinco horas de difusión.

La medida busca agilizar el acceso al financiamiento y adecuar los procedimientos del mercado de capitales a la dinámica actual, sin reducir las obligaciones de información ni las facultades de supervisión. Quedan excluidas las emisiones más complejas, como las convertibles, temáticas o procesos de canje.