La Comisión Arbitral aprueba el texto ordenado de la Resolución General (C.A.) N.º 2/2019 (Sistema de Recaudación sobre Tarjeta s de Crédito y Compra ‘SIRTAC’), que forma parte como Anexo de la presente. Respecto de los agentes de recaudación incluidos en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra ‘SIRTAC’, cuando deba realizarse una verificación en su condición de tales, se podrá llevar a cabo una única fiscalización en tanto el agente de retención esté inscripto en las jurisdicciones que intervengan conjuntamente en la misma, y en la medida que ello sea consentido expresamente por las jurisdicciones respectivas. El Comité de Administración SIRTAC establecerá la forma y condiciones a tener en cuenta para el cumplimiento de dicho objetivo. |