Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4794/2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos fija entre los días 17 y 30 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias. Excepto para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Habilita la feria fiscal extraordinaria a que se refiere el primer párrafo, para los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia.