La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende entre los días 14/08/19 y el 30/11/19, ambos inclusive, la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las MiPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas). Asimismo, como consecuencia de la medida, se dispone que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y se realicen desde el 01/12/19 serán harán progresivamente entre diciembre/19 y marzo/20.