Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4541/2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplía el universo de deuda susceptible de ser regularizada en el marco del régimen de facilidades de pago creado por la RG AFIP 4.477 en el ámbito del sistema ‘MIS FACILIDADES’ y resuelve extender la fecha de adhesión a los planes de facilidades de pago para los sujetos que no registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y que soliciten planes cuyo pago a cuenta sea del 20% del monto consolidado.  Así, se resuelve que el régimen mencionado será aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 30/04/19, inclusive, con sus respectivos intereses y multas (hasta ahora era para las vencidas hasta el día 31/01/19).  Asimismo, se dispone que los planes para obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago -generales, sectoriales, regionales o especiales- cuya caducidad haya operado durante el mes de julio de 2019, o hayan sido rechazados a partir del 1 de julio de 2019 se encontrarán disponibles en el sistema ‘MIS FACILIDADES’ a partir del 12/08/19.  El objetivo de la presente es coadyuvar a los contribuyentes y/o responsables al cumplimiento de las referidas obligaciones.