Con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se actualiza lo dispuesto por la RG AFIP 4172/2017 y se extiende el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del año calendario 2018 para determinadas obligaciones fiscales, entre ellas, las de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, en función de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente.