Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social 3183/2019

 
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) establece que el Sistema de Recaudación OSIRIS será el único canal de cancelación de cualquier obligación de pago no tributario con la entidad. Se resuelve que dicho canal de pago será aplicable a todo convenio de préstamo o de refinanciación de deudas que se encuentre en vías de ejecución a la fecha de su entrada en vigencia, independientemente de cuál ser el día de su suscripción. La presente medida se toma teniendo en cuenta que el INAES ha adherido al convenio denominado Recaudación de ingresos no tributarios a través del Sistema de Recaudación OSIRIS, celebrado entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Tesorería General de la Nación y el INAES.