Resolución de la UIF 117/2019

Con el fin de contribuir a una prevención eficaz de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo, la Unidad de Información Financiera (UIF) actualiza los umbrales fijados en sus directivas e instrucciones respecto de las medidas que deben aplicar los sujetos obligados (según art. 20 de la Ley 25.246) para la identificación y conocimiento de sus clientes. Esta medida está en línea con la presentación que realizó la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) en representación de los sujetos obligados afiliados a su entidad ante la Unidad, en la que manifestó que, en atención al tiempo transcurrido y la variación de los precios de los automotores, resultaba necesaria una adecuación de los umbrales previstos.  Asimismo, se procede a aclarar en la regulación vigente la actuación de los agentes y agencias de reventa y, se incorporan medios de pago como los cheques personales y operaciones que involucren el empleo de otros medios de pago en su conjunto, como supuestos de excepción de la determinación del perfil de los clientes.