Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación 816

La SSN pone en marcha del Sistema Informático ‘Beneficiario Final’, bajo la órbita de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, que tendrá por objetivo identificar a los accionistas personas físicas y personas jurídicas -incluyendo sus accionistas- de la aseguradora o reaseguradora local, los componentes de los grupos o conglomerados económicos y los beneficiarios finales. En ese marco, se aprueba el ‘Instructivo de Uso del Sistema Informático Beneficiario Final’ (anexo I) y el ‘Listado de datos a informar por las Entidades’ (anexo II). A esos fines, dichas entidades deberán designar un agente responsable de carga de datos, quien habrá de suministrar la información allí prevista según el siguiente cronograma: a) por una única vez, en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente, y b) con una periodicidad anual, entre los días 1 y 15 del mes de marzo de cada año, la cual revestirá carácter de Declaración Jurada. Se aclara que la puesta en marcha de este nuevo Sistema Informático no exime a las entidades del cumplimiento de los procedimientos o trámites que exigen la presentación en soporte físico o digital de la misma información, incluyendo un diagrama u organigrama que exponga gráficamente, en forma esquematizada, la posición que tienen los componentes del grupo o conglomerado económico y, en su caso, del beneficiario final, y las relaciones que guardan entre sí.