Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación 394

La Superintendenta de Seguros de la Nación resuelve modificar el inciso e) del punto 33.3.1.3 y el punto 33.4.1.6.1.5 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora por los dispuestos en la presente, y dispone que los cambios resultarán de aplicación a los Estados Contables con cierre al 30 de septiembre de 2020.