Resolución de la Secretaría de Comercio Interior. 1033/2021

Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención y Comunicación a Distancia.
La Secretaría de Comercio Interior establece los Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención y Comunicación a Distancia, que brindan los proveedores de bienes y servicios y fija un plazo de 6 meses contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial para que dichos proveedores adapten sus servicios de atención al consumidor de acuerdo a lo establecido en la presente resolución. El incumplimiento será sancionado conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor. Quedan exceptuados de la presente medida las micro, pequeñas y medianas empresas conforme a los términos de la Ley N° 25.300 de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.