Resolución de la Agencia de Acceso a la Información Pública 119/2019

La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) establece los criterios de implementación y cumplimiento de las obligaciones y funciones previstas en la Ley 27.275 (de Acceso a la Información Pública).  Así, como Anexo I se incluyen los criterios orientadores sobre la designación del responsable de acceso a la información pública, el cómputo del plazo para responder una solicitud, la utilización de copias digitales, principio de buena fe, abuso de derecho, entre otros, En el Anexo II, se estipulan los criterios para la clasificación y desclasificación de la información. Y, finalmente, en el Anexo III se hace referencia a la compatibilidad entre las obligaciones de transparencia activa y los lineamientos de buen gobierno corporativo de las empresas públicas. Cabe recordar que el acceso a la información debe ser gratuito y la misma debe publicarse de forma completa, con la máxima celeridad, con el mayor nivel de desagregación posible y por la mayor cantidad de medios disponibles. La misma debe ser accesible en formatos electrónicos abiertos, que faciliten su procesamiento por medios automáticos que permitan su reutilización.