Prorróganse las fechas del Régimen de Regularización de Activos. |
Prorrogan las fechas del Régimen de Regularización de Activos. Los sujetos podrán regularizar los fondos entre el 1° de noviembre de 2024 y el 8 de noviembre de 2024, habiendo regularizado o no fondos al 31 de octubre de 2024, inclusive. Quienes retiren fondos a partir del 1º de noviembre 2024 no podrán regularizar montos adicionales a partir de esa fecha de retiro. Los fondos regularizados en el período de prórroga deberán mantenerse depositados en las cuentas especiales o afectados a los destinos e inversiones autorizados por la norma legal hasta el 8 de noviembre de 2024, inclusive. A partir del 9 de noviembre de 2024, si los fondos totales exteriorizados fuesen de hasta USD 100.000 podrán retirarse sin que queden sujetos a retención alguna. Cuando el monto total sea mayor para no quedar sujetos a la retención del 5 % deberán continuar manteniendo esos fondos en las cuentas especiales o afectándolos a los destinos e inversiones autorizados por la norma, hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive. |