Decreto 811/2025

NCM. Derecho de Exportación.
Fijan la alícuota del Derecho de Exportación en 0 % para ciertos aceites y lubricantes comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) que se detallan en el anexo.  Destacan que se trata de una medida focalizada de política comercial externa que atenúa costos marginales, mejora precios de exportación y reduce la brecha frente a competidores internacionales, sin comprometer de manera significativa los niveles de recaudación tributaria. Además, dejan sin efecto, para las posiciones arancelarias incluidas en el anexo del presente decreto, la alícuota del Derecho de Exportación prevista en el artículo 7° del Decreto N° 488/20.