Decreto 731/2024

Propinas. Disposiciones.
El poder Ejecutivo aprobó las nuevas disposiciones sobre el pago de las propinas en forma digital. Los comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas, deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos. El importe en concepto de propinas o recompensas que perciba el trabajador no estará sujeto a ningún tipo de retención o percepción por parte de los sujetos antes indicados, ni de las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, de los agrupadores, de los agregadores y de los demás procesadores de medios electrónicos de pago, de las entidades financieras y del resto de los participantes del sistema de pagos. Los adquirentes y/o agregadores que ofrezcan servicios de cobro a comercios y/o establecimientos previstos deberán facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación por el servicio, no pudiendo cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad. El BCRA y el Ministerio de Economía dictarán las normas aclaratorias y/o complementarias que resulten necesarias para la mejor implementación de la presente medida.