Decreto 563/2025

Alícuota del Derecho de Exportación para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la N.C.M.
Establecen la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) en el 0 % para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la N.C.M. correspondientes a productos del sector minero que pertenecen al universo de minería no metalífera, metalífera, rocas de aplicación, combustibles, piedras preciosas y/o semipreciosas detalladas en el Anexo del decreto. Explican que esta medida se fundamenta en el impacto del sector minero en la economía argentina, las consecuencias directas e indirectas en cuanto a la generación de empleo, el valor agregado que promueve y el potencial de crecimiento que tiene.  Este sector representa el quinto complejo exportador del país y explican, en promedio, el 80 % de la canasta exportadora de provincias como Jujuy, Santa Cruz, San Juan y Catamarca.