El Ejecutivo Nacional actualiza algunas denominaciones en la columna ‘Ente avalado’ de la Planilla Anexa al artículo 46 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 (Ley 27.467). Asimismo, dada la modificación de los supuestos macroeconómicos producidos desde su emisión, se adecua el monto previsto en el artículo 41° de dicha norma para la emisión de letras del Tesoro, reembolsables en el mismo ejercicio financiero y se dispone que el órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera podrá emitir Letras del Tesoro hasta alcanzar un importe en circulación de V.N. $ 950.000 millones o su equivalente en otras monedas, para dar cumplimiento a las operaciones previstas en el programa financiero.