El Presidente de la Nación elaboró el presente decreto con el objeto de establecer las medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, que deberán cumplir todas las personas, a fin de mitigar la propagación del virus S A RS- CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.
Se deberán cumplir las siguientes reglas de conducta:
•Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros. •Utilizar tapabocas en espacios compartidos. •Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante. •Higienizarse asiduamente las manos. •Toser o estornudar en el pliegue del codo.
Además, entre otras cosas:
-Se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad. -Los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores. |