La Administración Federal de Ingresos Públicos precisa que los sujetos que confeccionan estados contables en moneda constante (homogénea) conforme a la Res Técnica 6 (FACPCE) deben determinar el resultado neto impositivo en el impuesto a las ganancias, ajustando su resultado neto contable a fin de eliminar el importe correspondiente al efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda. Los mencionados ajustes se reflejarán dentro del programa aplicativo denominado ‘Ganancias Personas Jurídicas – Sociedades Versión 16.0 Release 2’, a través del campo ‘Resultado por exposición a la inflación (REI)’ que se encuentra disponible dentro de las ventanas ‘Ajustes Rdo. Impositivo F.A – disminuyen utilidad o aumentan pérdida’ o ‘Ajustes Rdo. Impositivo F.A – aumentan utilidad o disminuyen la pérdida’. Cabe aclarar que las precisiones efectuadas mediante la presente no alcanzan a los sujetos que confeccionan sus estados financieros aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) (RG AFIP 3.363/2012).