Circular Bolsa y Mercados Argentinos 3584/2019

Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA) da a conocer el marco normativo que deben cumplir los Agentes Miembros para implementar lo establecido en la RG CNV 808/2019, que estableció el mecanismo para que los agentes de bolsa controlen que las personas físicas cumplan con el plazo de 5 días estipulado para poder volcar dólares adquiridos en el mercado cambiario a la compra de títulos valores.  Se dispone, en tal sentido, que los comitentes que revistan la calidad de personas humanas y destinen fondos en dólares provenientes de una operación del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) por un valor efectivo de hasta U$S 10.000 y presenten ante el Agente Miembro una declaración jurada que manifieste que los poseen una anticuación superior a 5 días hábiles desde su adquisición a la compra de valores negociables en dólares (especie D), sólo podrán ser utilizados para operaciones en el plazo de 48 horas. Los valores negociables acreditados por dicha compra no podrán ser transferidos para cubrir la liquidación de una operación de venta en pesos hasta haber transcurrido 5 días hábiles contados a partir de la acreditación de dichos valores negociables.   Cabe señalar que los extremos antes mencionados no serán aplicables a comitentes que revistan la calidad de personas jurídicas y que las condiciones de esta circular no alcanzan a las personas humanas registradas como comitentes y con tenencia de dólares acreditados en cuentas y con registros en los sistemas de gestión de ALYCs que tengan origen en acreencias y/u operaciones bursátiles y que se destinen a la compra de valores negociables por U$S 10.000.