CABA Resolución de la Dirección General de Rentas 2751/2022

Se considera presentadas y abonadas en término DDJJ y pagos del período 9/22 a cargo de los Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos y las DDJJ y pagos correspondientes al Anticipo 9/22 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos