‘C’ 97992

Comunicación ‘A’ 8020. Fe de erratas.
Con el fin de subsanar una omisión en la transcripción del punto 9.3. en la Comunicación ‘A’ 8020, el BCRA da a conocer la página 3 de la Sección 9. de las normas sobre ‘Financiamiento al sector público no financiero’, que reemplaza a la oportunamente provista, quedando de la siguiente forma:  ‘9.3. Estarán excluidas de los límites previstos en la Sección 6. las ‘Letras del Tesoro Nacional Capitalizables en pesos’ (LECAP) en el marco del Programa de licitaciones de Letras a tasa fija con frecuencia quincenal para asegurar la liquidez del mercado del Ministerio de Economía, que sean suscriptas primariamente para cartera propia a partir del 16.5.24 por hasta el importe equivalente a la disminución acumulada del saldo de pases pasivos con el BCRA registrado al cierre de operaciones del 15.5.24 (actualizado según la tasa de interés que abona el BCRA por esas operaciones) y hasta la fecha de integración de tales LECAP. ‘