Aviso 508

El Mercado a Término de Buenos Aires (MATBA) dispone que, bajo la modalidad de Intercambio de Riesgo Crédito por Futuros, los Agentes podrán optar por liquidar, tanto para cuenta propia como de terceros, contratos bilaterales (OTC) intercambiándolos por contratos de futuros u opciones sobre futuros registrados en MATBA, quien actúa como contraparte central, mediante un Intercambio de Riesgo Crédito por Futuros (IRCF). Un IRCF es generado cuando dos partes acuerdan registrar una determinada cantidad de contratos de futuros u opciones sobre futuros para cancelar una posición de similar tamaño y vencimiento en contratos bilaterales (OTC), de acuerdo con el Reglamento Operativo, Avisos y Circulares de MATBA. Los Agentes que soliciten un IRCF notificarán al mercado su voluntad de registrar contratos de futuros u opciones sobre futuros mediante la presentación de nota (Anexo I), donde constará la intención en firme de celebrar un IRCF, así como los términos y condiciones bajo los cuales se realizará dicha transacción. Todo IRCF se presumirá realizado de buena fe siempre que se observen las condiciones establecidas en la presente. Sólo se aceptarán IRCF concertados entre cuentas independientes entre sí. Se establece que MATBA verificará la documentación recibida y autorizará o rechazará el IRCF antes del cierre de la rueda, siempre que las notificaciones hayan sido realizadas dentro el último horario de recepción de documentación previsto en http://www.matba.com.ar/HorariosNegociacion.aspx