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Circular LISOL 1-1126, CREFI 2-140: Autoridades de Entidades Financieras. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras. Adecuaciones.
El Banco Central redefinió, con vigencia desde el 1 de enero de 2026, la clasificación de las entidades financieras en grupos A y B, y actualizó límites vinculados al capital mínimo y al régimen de autoridades.

Aquellas entidades que cambien de grupo:
– Desde 01/01/26: deberán cumplir las normas de Efectivo Mínimo correspondiente a su nueva clasificación.
– Desde 01/07/26: deberán adecuarse al punto 4.2. de Autoridades de Entidades Financieras (separación de funciones ejecutivas/administración) y al resto de normas aplicables a su grupo.