| Circular REMON 1-1145: Efectivo Mínimo. Adecuaciones. |
| El Banco Central implementa nuevos cambios en la regulación de Efectivo Mínimo, entre los que resaltan: Con vigencia a partir del 1º de diciembre: 1- Dejan sin efecto la exigencia adicional de 3,5 puntos porcentuales dispuesta por el punto 1 de la comunicación ‘A’ 8306 para los conceptos detallados. 2- Incrementan para las obligaciones en pesos mencionadas en el punto anterior la posibilidad de integrar hasta 3,5 puntos porcentuales de la exigencia con los títulos públicos. 3- El piso de cumplimiento diario de la integración mínima diaria dispuesta por el punto 2. de la comunicación ‘A’ 8350 no podrá ser inferior al 75%. Recordemos que actualmente es del 95%. Por otra parte, establecen que para la proporción de integración con títulos públicos en pesos que se admite para todas las entidades financieras en el último párrafo del punto 4 de la comunicación ‘A’ 8302 también se podrán aplicar los títulos públicos previstos en el punto 1.3.17. adquiridos por suscripción primaria a partir de la fecha de esta comunicación y que tengan plazo al momento de suscripción no menor a 60 días. Por último, extienden hasta el 31 de marzo de 2026 la exigencia adicional de 5 puntos porcentuales dispuesta en el primer párrafo del punto 4. de la comunicación ‘A’ 8302, aplicable a las entidades financieras del grupo A y sucursales o subsidiarias de G-SIB no incluidas en ese grupo. Aclaran que esta extensión no afectará el cálculo de las exigencias promedio y mínima diaria de noviembre. |