Circular CONAU 1-1691: R.l. sobre Información Contable. |
Con vigencia desde el próximo 31 de diciembre, dan a conocer un nuevo requerimiento que deberán cumplimentar los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). Deberán presentar los Estados Contables anuales -con independencia de la fecha de cierre de su ejercicio económico-, informe de auditor externo y certificación del correspondiente consejo profesional, cuyo vencimiento operará el último día hábil del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio económico. Además, deberán presentar como información complementaria las novedades o cambios correspondientes a la descripción operativa y comercial de cada función del PSP, con una ratificación anual al 31 de diciembre de cada año. El vencimiento para la primera presentación anual operará el día 22 de enero de 2026. Por último, aclaran que los PSP inscriptos a la fecha deberán presentar adicionalmente hasta el 10 de octubre la información respecto de su último balance anual auditado. |