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Circular REMON 1-1129, RUNOR 1-1898, OPASI 2-733: Depósitos e Inversiones a Plazo. Adecuaciones.
Con vigencia para las imposiciones que se capten a partir del 2 de junio, dejan sin efecto las disposiciones relacionadas con los depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por CER – Ley 25.827 (UVA).
Las inversiones a plazo con opción de cancelación anticipada en pesos expresados en UVA, que capten de personas humanas desde esa fecha, tendrán un plazo mínimo de 90 días y se regirán según lo previsto en el punto 2.3. del texto ordenado sobre Depósitos e Inversiones a Plazo.