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Circular SINAP 1-205, OPASI 2-716: Aplicación del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos. Adecuaciones.
El Banco Central modifica el texto ordenado sobre ‘Aplicación del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos’ y establece, con vigencia a partir del 1 de abril, en $ 25.000.000 el importe de la garantía de los depósitos a que se refieren los puntos 5.3.1., 5.3.2., 5.3.3. y 6. Además, dispone a partir de la misma fecha, que las tasas de referencia difundidas periódicamente por el BCRA por medio de Comunicaciones ‘B’ serán determinadas según el promedio móvil de los últimos cinco días hábiles bancarios de las tasas pasivas que, para los depósitos a plazo fijo en pesos de hasta $ 50.000.000 y en moneda extranjera de hasta USD 100.000, surjan de la encuesta que realiza el BCRA. Por otro lado, el organismo sigue admitiendo la utilización de certificados de depósito a plazo fijo con la leyenda relativa al importe de la garantía de los depósitos desactualizada, hasta que se agoten y/o se cuente con los citados instrumentos con la nueva leyenda.