‘A’ 7866

Circular CAMEX 1-985: Exterior y cambios. Adecuaciones.
El BCRA reemplaza los últimos párrafos de los puntos 1., 2. y 3. de la comunicación ‘A’ 7622 por el siguiente:  ‘Adicionalmente, al momento de dar acceso al mercado de cambios, la entidad deberá contar con una convalidación de la operación en el sistema informático ‘Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior’ implementado por la AFIP, generada en el mismo día o en el día hábil previo..