‘A’ 7759

Circular SINAP 1-177: Normas sobre ‘Proveedores de servicios de pago’. Adecuaciones.
El BCRA ajusta las normas sobre ‘Proveedores de servicios de pago’ y dispone que los PSPCP no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales -incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que esos registren- que no se encuentren autorizados por una autoridad reguladora nacional competente ni por el Banco Central de la República Argentina.