Circular CONAU 1-1574: Proveedores de servicios de pago. Adecuación en regímenes informativos. |
Se dan conocer las hojas que corresponde incorporar en el Régimen Informativo Contable Mensual, en función de lo dispuesto en el punto 1. de la resolución oportunamente difundida mediante la Comunicación ‘A’ 7593. En este sentido, tanto los Proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) como los Proveedores de servicios de pago que cumplen la función de iniciación (PSI) y prestan el servicio de billetera digital, quedan alcanzados como sujetos obligados a remitir el Régimen Informativo sobre Reclamos, operando el vencimiento para la primera presentación el 24.04.23. Asimismo, los PSPCP deberán cumplimentar el Régimen Informativo de Transparencia -Capítulo II-, cuyo vencimiento para la primera presentación correspondiente a la información mensual operará el 14.03.23. |