‘A’ 7346

Circular SINAP 1-137: Pagos con transferencia iniciados a través de códigos QR. Servicio para cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas.
El BCRA dispone que todas las entidades financieras deberán habilitar códigos QR regidos por los estándares definidos por el ente de contralor que les permitan recibir transferencias inmediatas y/o pagos con transferencia, para las cuentas corrientes de personas humanas o jurídicas, y los PSPOCP para las cuentas de pago cuyos titulares sean personas jurídicas. El plazo máximo de implementación es de 60 días corridos contados a partir de la difusión de la presente comunicación.