Circular CONAU 1-1480: Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. E.M.-A.R.). Adecuaciones |
El Banco Central actualiza las normas de procedimiento del Régimen Informativo Contable Mensual –Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos-, en función a las disposiciones que habilitan la posibilidad que toda exigencia de efectivo mínimo que las entidades financieras puedan integrar con LELIQ, podrán también integrarla con títulos públicos nacionales en pesos que no estén vinculados al dólar estadounidense y plazo residual no inferior a 180 días ni mayor a 450 días y que, a su vez, los títulos públicos nacionales que se apliquen a dicha integración, estarán excluidos de los límites previstos en las normas sobre ‘Financiamiento al sector público no financiero’. En la Sección 1., incorporan las siguientes partidas:Posición en pesos – 210109/TP – Aplicación de TP en pesos suscriptos a partir del 1.6.21, según lo establecido en el punto 1.3.16. de las normas sobre Efectivo Mínimo, depositados en la CRyL. Posición en Títulos Públicos – 500999/TP – Aplicación acumulada de títulos en pesos suscriptos a partir del 1.6.21 admitidos según punto 1.3.16. de las normas, destinados a integrar la posición TP.- 510000/TP – Aplicación acumulada de TP en pesos suscriptos a partir del 1.6.21, admitidos según punto 1.3.16. de las normas sobre Efectivo Mínimo, destinados a in[1]tegrar otras posiciones. Por otra parte, adecúan las partidas 825000/001-TP, 904000/M, 906000/TP y el punto 1.9.2. Posiciones (pesos, M.E. y TP). |