‘A’ 7156

El Banco Central da a conocer las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de ‘Proveedores no financieros de crédito’, ‘Tasas de interés en las operaciones de crédito’, ‘Protección de los usuarios de servicios financieros’, ‘Comunicación por medios electrónicos para el cuidado del medio ambiente’, ‘Clasificación de deudores’ y ‘Gestión crediticia’, en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación ‘A’ 7146. La mencionada norma extendió la aplicación de las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras a los ‘Otros proveedores no financieros de crédito’ alcanzados por las normas sobre ‘Proveedores no financieros de crédito’, y entre otras medidas dispuso que a partir del 1 de febrero de 2021, los otros proveedores no financieros de crédito y las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, serán sujetos obligados de las disposiciones establecidas en las normas sobre ‘Protección de los usuarios de servicios financieros’, por las financiaciones que otorguen.