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El BCRA decide que la incorporación de las cuotas impagas por financiaciones al final de la vida del crédito se extiende a vencimientos hasta el 30 de septiembre de 2020. Anteriormente incluía vencimientos hasta el 30 de junio (punto 2.1.2. de la Sección 2. Otras disposiciones de las normas sobre Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto Nº 260/2020 Coronavirus) También, hasta el 30 de septiembre se mantendrán las siguientes disposiciones: – Suspensión de la obligación de cierre de cuentas corrientes bancarias, inhabilitaciones y multas derivadas.- La imposibilidad de cobrar cargos o comisiones por las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país, sin límites de importe. – Posibilidad de extracciones de hasta $ 15.000 a través de cajeros automáticos, tanto para personas humanas como jurídicas (sean o no clientes), independientemente del tipo de cuenta y de la entidad financiera y/o la red de cajeros automáticos a la cual pertenezca.