El Banco Central comunica la nómina de Regímenes Informativos que los Operadores de Cambio deben presentar, reemplazando las indicadas oportunamente por la ‘A’ 6619. Entre ellos podemos destacar la incorporación de: – El Régimen Informativo Contable Semestral para Casas y Agencias de Cambios – El Informe Especial del Auditor Externo sobre la verificación del cumplimiento de las normas sobre exigencia e integración de capitales mínimos. (frecuencia semestral) – El Régimen Informativo Información sobre tenencias en moneda extranjera de casas y agencias de cambio. (frecuencia mensual) Además se brindan especificaciones y aclaraciones sobre las distintas presentaciones en relación a los cierres de ejercicio de cada entidad. Finalmente, se aclara que en función de lo previsto en los artículos 5ºy 7º-inciso c)- de la Ley 27.468 y la Comunicación ‘A’ 6651, los Estados Financieros de ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2020 deberán estar expresados en moneda homogénea. |