‘A’ 6912

 
El Banco Central establece que por 180 días hábiles -contados desde el 19/2- las entidades financieras no podrán comunicar a los usuarios incrementos en las comisiones que cobran ni informar la creación de otras nuevas, salvo aquellas que a la fecha ya hayan sido informadas al BCRA.
Por otra parte, en relación a las tarjetas de crédito no bancarias dispuso dejar sin efecto lo establecido oportunamente por las comunicaciones ‘A’ 6258 y ‘A’ 6664.  A partir de ahora, la tasa de interés de estas tarjetas no podrá superar el 25% del promedio de la tasa de créditos personales de las entidades financieras, excluyendo a las tasas de los proveedores no financieros de créditos.