‘A’ 6907

 
El BCRA definió una nueva flexibilización a las exigencias de Efectivo Mínimo a partir del 1° de marzo, que aplica a las entidades comprendidas en el Grupo ‘A’ y las sucursales o subsidiarias de bancos del exterior calificados como sistémicamente importantes (G-SIB) no incluidas en ese grupo.
A la disminución de la exigencia en promedio en pesos, ahora podrán aplicarse las financiaciones otorgadas a entidades financieras no comprendidas en la mencionada clasificación, siempre que, dentro de los 10 días hábiles desde la fecha en que reciban la asistencia esas entidades destinen los fondos a otorgar financiaciones a MiPyME en las condiciones de este punto y, además, cuenten con un informe especial de auditor externo de la entidad financiera no alcanzada sobre su cumplimiento.
Esta nueva deducción se suma a la posibilidad de deducir las financiaciones en pesos a MiPyMEs por un importe equivalente al 30 % de la totalidad de las financiaciones.