‘A’ 6871

 
El BCRA incorpora una nueva herramienta financiera denominada ‘Depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por ‘CER’ – Ley 25.827 (‘UVA’)’, la cual deberá estar habilitada en todas las entidades que capten depósitos a plazo fijo a partir del 01/02/2020 y ofrecida  a través de todos los medios disponibles con que cuente la misma. Lo novedoso de este instrumento que se ajusta a la evolución de precios es que si bien el plazo mínimo para su constitución es de 90 días, se podrá precancelar a partir del día 30.  En ese sentido, de ejercerse la opción de cancelación anticipada,  deberá observarse la tasa de salida, la cual se pacta al momento de contratación del plazo fijo y cuyo cálculo deberá realizarse sobre el promedio simple de las tasas de las licitaciones de Letras de Liquidez en pesos de menor plazo para los últimos cinco días hábiles anteriores a la fecha de constitución de la imposición.  Además de esta incorporación en la sección ‘Depósitos e inversiones a plazo’, en consecuencia, se adecúan los apartados de ‘Efectivo mínimo’ y  ‘Comunicación por medios electrónicos para el cuidado del medio ambiente’.