‘A’ 6869

 
Mediante la presente, el BCRA realiza modificaciones sobre el punto 3.4. ‘Pagos de utilidades y dividendos’ del T.O. ‘Exterior y cambios’.  En ese sentido, el organismo flexibiliza el acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes. A esos fines, se listan las condiciones que se deben cumplir para dar curso a dicha operación; caso contrario, se remarca que se requerirá la aprobación previa del BCRA.  Recordemos que, hasta el momento, el acceso al mercado de cambios para todos los giros en moneda extranjera de utilidades y dividendos al exterior se encontraban restringidos y sujetos a conformidad del ente de contralor.