El BCRA resuelve que no se aplicará el requisito de conformidad previa del BCRA para que las empresas de asistencia al viajero puedan girar divisas al exterior para el pago de siniestros de cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por terceros a sus clientes residentes. En tal sentido, se actualiza el punto 14. de la Comunicación ‘A’ 6770 (que implementó el control cambiario en septiembre pasado). A ese fin, el regulador financiero exige que la entidad interviniente deberá contar con la documentación que le permita verificar la genuinidad del monto transferido.