‘A’ 6811

Con vigencia a partir de la información correspondiente al 11/10/19, el BCRA adecúa las normas de procedimiento del RI sobre Operaciones de Cambios (RI-OC) como consecuencia de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación ‘A’ 6770 (que implementó el mecanismo de control de cambio) y complementarias. Los principales ajustes realizados son el alta de los códigos de concepto B10 (Pagos de deudas comerciales por importaciones de bienes sin registro de ingreso aduanero) y B11 (Cancelación de garantías comerciales de entidades financieras de importaciones de bienes sin registro de ingreso aduanero) dentro del punto 1. del Anexo II y la modificación de datos para informar el código de identificación de pago de importaciones y el Nº de RAyPE. Asimismo, se incorporan el código de instrumento ‘Transferencia SML’ y los de moneda específicos para ese tipo de operación con las instrucciones respectivas. Finalmente, se especifica que las EF deberán rectificar, desde el 02/09/19 inclusive, la información presentada respecto de las operaciones de cambio informadas con códigos de concepto vinculados con bienes ‘B’ y los cobros de servicios ‘S’ (en este último caso solo cuando el cliente no haya dado cumplimiento el plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país para ingresar los cobros de exportaciones de servicios en el mercado local de cambios – según  punto 4 de la Comunicación ‘A’ 6770).