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El BCRA realiza adecuaciones en diferentes textos ordenados, a fin de actualizar la regulación bancaria a lo establecido por las normas ‘antilavado’ (Res. UIF 30/2017 y modificatorias) que prevén un enfoque basado en riesgo, entre otras novedades. Los múltiples ajustes tienen que ver con aspectos complementarios de la discontinuidad operativa, identificación y situación fiscal del titular, información mínima a requerir para la apertura y funcionamiento de cuentas, etc. Por otro lado, se dejan sin efecto los puntos 1.3.1.7. y 1.3.1.8. de las normas sobre ‘Reglamentación de la cuenta corriente bancaria’ y sobre ‘Cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas’, eliminándose el requisito de identificar Nombres y apellidos del cónyuge, y Nombres y apellidos de los padres. En contrapartida, se suma como punto 1.3.1.8. el requerimiento de consignar la condición de Persona Expuesta Políticamente (Declaración jurada de ‘PEP’ o ‘No PEP’). Esa DDJJ, como otras de las presentaciones o actualizaciones de los datos, podrán ser realizadas presencialmente o a través de medios electrónicos de comunicación. Por otra parte, se aclara que, cuando se requiera el dato del CUIL para la apertura de cuentas a la vista, la correspondiente constancia deberá ser obtenida por los sujetos obligados en forma electrónica y directa del RENAPER o de la ANSES. Sin perjuicio de ello, tanto en esos casos como cuando se trate de la originación de préstamos, la constitución de depósitos e inversiones a plazo y/o la realización de operaciones con fondos comunes de inversión dicho requisito se considerará cumplido mediante la obtención de copia simple del dorso del documento de identidad –cuando el CUIL se encuentre allí consignado–. Finalmente, se incorpora una interpretación normativa y se actualiza, en la Sección 4. de las normas sobre ‘Documentos de identificación en vigencia’, la página web de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.