El BCRA da a conocer las instrucciones para el envío del Reporte de Transacciones en Efectivo de Alto Monto (RTE) y establece que dicho procedimiento deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en la Sección 1. de ‘Presentación de Informaciones al Banco Central’ para el servicio de transferencia de archivos MFT, utilizando los códigos 5 y 4, para código de régimen y requerimiento, respectivamente. La primera presentación corresponderá a los datos reportados a la Unidad de Información Financiera (UIF) referidos a las transacciones realizadas en agosto/18. La información a remitir deberá incluir los archivos en formato XML definidos en el requerimiento RTE de la UIF y que hayan pasado la etapa de validación de la aplicación del citado organismo. Las presentaciones deberán ser realizadas dentro de los 5 días posteriores a esa validación y se realizarán individualmente en un único ZIP exclusivo para este requerimiento. Cada entidad deberá arbitrar los medios para generar el descriptor ‘detalle.xml’ respetando el esquema definido por el BCRA (Comunicación ‘A’ 6377). La presente medida está en línea con lo establecido en la Comunicación ‘A’ 6409, a través de la cual se dejó sin efecto el Informe especial contenido en el Anexo IV de las Normas mínimas sobre auditorías externas, y se dispuso que se deberá remitir el Reporte de Transacciones en Efectivo de Alto Monto (RTE), al tiempo que eliminó para los auditores externos el Informe especial sobre el cumplimiento de las normas del BCRA en materia de PLA/FT reemplazándolo por el informe anual del revisor externo independiente sobre la calidad y efectividad del sistema de PLA/FT (cuya presentación inicial operará el 15/9/18).